CAPÍTULO II
Autoridades máximas de Gunayala:
Sección A:
Onmaggeddummad Namaggaled
Artículo 13:
Onmaggeddummad Namaggaled es el máximo organismo de espiritualidad
guna, de protección, consolidación, conservación y divulgación del
patrimonio histórico–cultural de Gunayala.
Artículo 14:
Onmaggeddummad Namaggaled estará constituido por los Sagladummagan
de los Onmaggeddummagan, saglagan, argargan, suwaribgan y delegados
de las comunidades.
Artículo 15:
Las atribuciones del Onmaggeddummad Namaggaled:
a.
Proteger, consolidar, conservar,
defender la historia, la tradición y las buenas costumbres del
pueblo guna;
b.
Promover la vivencia de la
espiritualidad propia y la enseñanza de babigala;
c.
Proteger, conservar y recuperar los
sitios sagrados y objetos arqueológicos, documentos y monumentos
históricos y cualquier bien mueble o inmueble, testimonios del
pueblo guna;
d.
Coordinar el proceso de elección de
los sagladummagan del Onmaggeddummad Sunmaggaled.
Artículo 16:
Además de lo establecido en esta Ley, Onmaggeddummad Namaggaled
podrá tener otras atribuciones que serán establecidas en el Estatuto
y en su propio reglamento interno.
CAPÍTULO III
Sagladummagan, representantes legales de Onmaggeddummad Namaggaled
Artículo 25:
Se reconocen y se respetan tres sagladummagan, representantes
legales de Onmaggeddummad Namaggaled ante las comunidades de
Gunayala, organismos nacionales e internacionales en el marco de sus
competencias reconocidas en esta Ley y en el Estatuto. Su elección y
sus funciones serán establecidas en el Estatuto y en su reglamento
interno.